
REP27 · Artículo 27 RGPD · Argentina
Artículo 27 RGPD · Argentina
La Ley 25.326 cumple más de veinte años y Argentina fue de los primeros países del mundo en obtener el reconocimiento de adecuación por parte de la Comisión Europea. Ese historial genera confianza, y también una confusión persistente: la adecuación es una calificación del país, no una exención para las empresas.

Argentina aprueba su ley de protección de datos, inspirada en la directiva europea de 1995 y en la ley española de la época.
La Comisión Europea reconoce el nivel de protección argentino. Los datos pueden viajar desde la Unión hacia Argentina sin garantías adicionales.
El Reglamento sustituye a la directiva e introduce el artículo 3.2, que extiende su aplicación a empresas de fuera de la Unión, y el artículo 27, que les exige un representante.
La Comisión mantiene bajo examen las decisiones anteriores al Reglamento, incluida la argentina, mientras avanza en el país un proyecto de nueva ley de datos personales.
La adecuación sigue vigente y las transferencias fluyen sin trabas, pero cualquier empresa argentina que ofrezca bienes o servicios a personas situadas en la Unión debe designar su propio representante.
Ley 25.326 de Protección de los Datos Personales y su Decreto reglamentario 1558/2001
Agencia de Acceso a la Información Pública (AAIP)
Registro Nacional de Bases de Datos ante la AAIP, con inscripción obligatoria y renovación
Sí. La Decisión 2003/490/CE reconoce a Argentina como país con nivel de protección adecuado, condición que se mantiene bajo revisión periódica de la Comisión.
Sectores desde los que más nos escriben: software y servicios informáticos, agroexportación, vitivinicultura, biotecnología, turismo receptivo y estudios de diseño y publicidad.
Sin permanencia. Se renueva cada doce meses y se cancela avisando antes del vencimiento.
| Unión Europea | 290 euros al año |
| Reino Unido | 290 euros al año |
| Ambos territorios | 390 euros al año, con dos designaciones separadas |
| Firma de la designación | Dentro de 24 horas |
| Atención a interesados | Ocho idiomas |
| Cambio de representante | Sin penalización, en cualquier momento |

No. Es una obligación argentina que se acredita ante la Agencia de Acceso a la Información Pública. Ante una autoridad europea lo que se pide es el nombre y la dirección postal de su representante en la Unión.
Cambiarían las transferencias: sus clientes europeos necesitarían cláusulas contractuales tipo para enviarle datos. La obligación de designar representante no cambiaría, porque nunca dependió de la adecuación.
Si trata datos de personas que están en la Unión — contactos de los distribuidores, participantes en catas, suscriptores de su boletín — sí. Si su única relación es societaria y los datos se quedan en Argentina, conviene revisarlo caso por caso.
Doscientos noventa euros al año para la Unión Europea, con designación firmada, certificado verificable, texto para la política de privacidad en los idiomas de su web y ventanilla de peticiones en ocho idiomas. El Reino Unido cuesta lo mismo y ambos juntos trescientos noventa.
Sí, sin penalización. Se firma la nueva designación, se actualiza la política de privacidad y el certificado anterior queda vencido en el registro público. Conviene no dejar hueco temporal entre una y otra.