Nómbranos

Regulation (EU) 2016/679

El artículo 27, con las palabras que usa el reglamento.

Cinco apartados deciden si necesitas un representante, qué hace y qué pasa si no lo designas. Aquí están, uno a uno, con su significado práctico.

Art. 27.1 — la obligaciónEl responsable o encargado incluido en el art. 3.2 debe designar por escrito un representante en la Unión.

En la práctica: un acuerdo verbal o un distribuidor que nunca firmó nada no son designaciones.

Art. 3.2 — a quién alcanzaNo tienes establecimiento en la Unión y ofreces bienes o servicios a personas que están en ella —de pago o gratuitos— o controlas su comportamiento.

Un precio en euros, envío a la UE, un selector de idioma o un píxel de analítica sobre visitantes europeos suele bastar.

Art. 27.2.a — la exenciónTratamiento ocasional, sin categorías especiales a gran escala ni datos penales, y con riesgo improbable.

Un tratamiento comercial continuo no es ocasional. Las empresas normales no encajan; las autoridades públicas quedan exentas por el 27.2.b.

Art. 27.4 — qué hacemosEl representante debe ser el destinatario de las consultas de autoridades e interesados, además de la empresa o en su lugar.

Recibimos, registramos y reenviamos en dos días hábiles. Nunca respondemos sobre el fondo y no somos tu DPD.

Art. 27.5 — qué no esLa designación no impide las acciones legales contra el propio responsable o encargado.

El representante no es un escudo. Quien diga lo contrario vende algo que el reglamento no contiene.

Art. 83.4.a — el precio de no hacerloNo designar es una infracción autónoma: hasta 10 millones de euros o el 2% del volumen de negocios mundial anual.

La autoridad neerlandesa multó a Locatefamily.com con 525.000 euros solo por esto.

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